Con el objetivo de sobreponerse a la crisis provocada por la pandemia, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia destinará 6.820 millones de Euros del mecanismo Next Generation EU para impulsar la rehabilitación de vivendas y edificios, regeneración de barrios y la promoción de vivienda de alquiler asequible.
El día 5 de octubre el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto propuesto por Raquel Sánchez, ministra de Transportes Movilidad y Agenda urbana, el cuál regulará diferentes programas de ayudas en cuestiones de rehabilitación residencial y vivienda social pertenecientes al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

Este nuevo Real Decreto articula los planes en seis programas, entre los cuales, los cinco primeros van destinados a las actuaciones en materia de rehabilitación y el sexto y último está dirigido al impulso de la construcción de vivienda de alquiler social, pero todos regidos por el mismo patrón de apoyar la búsqueda de la eficiencia energética.
1. Primer programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación barriales, dirigido a edificios y viviendas en Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada, realizando una mejora en el consumo de energía primaria no renovable del 30%, pudiendo destinarse parte de la ayuda a financiar actuaciones de urbanización o mejora del entorno físico.
La cuantía máxima de la ayuda llegará hasta los 21.400€ por vivienda condicionado por el ahorro energético final de la actuación (desde el 40% al 80%), aunque en el caso que los propietarios cumplan el criterio de vulnerabilidad económica o social, se financiará hasta la totalidad del coste con cargo a los fondos europeos.
2. Segundo programa de ayudas a las oficinas de rehabilitación, dirigido a financiar el servicio de oficinas de rehabilitación, tipo «ventanilla única», los cuales ofrecen servicios integrales de información, gestión y acompañamiento de la rehabilitación.
3. Tercer programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación de edificios, con especial atención a la mejora acreditada de la envolvente, ya sean en edificios residenciales o viviendas unifamiliares. Reduciendo el consumo de energía primaria no renovable al menos un 30%. Se accederá a través de convocatorias públicas en cada una de las Comunidades Autónomas.
La cuantía máxima de la ayuda llegará hasta los 18.800€ por vivienda condicionado por el ahorro energético final de la actuación (desde el 40% al 80%), aunque en el caso que se cumpla el criterio social de vulnerabilidad, podrá llegar al 100% del coste de la actuación.
4. Cuarto programa de ayudas a las actuaciones de mejora en la eficiencia energética en viviendas, constituidas como domicilio habitual y permanente, siendo subvencionables a través de convocatorias públicas por Comunidades Autónomas:
-Actuaciones de reducción de demanda de calefacción y refrigeración mínimo del 7%.
-Actuaciones de reducción de consumo de energía primaria no renovable mínimo del 30%.
-Actuaciones sobre los elementos constructivos de fachada para la adecuación con el Código Técnico.
La cuantía será del 40% del coste de la actuación con un máximo de 3.000€ por vivienda. El coste mínimo de cada actuación ha de ser de 1.000€ por vivienda.
5. Quinto programa de ayudas a la redacción de proyectos de rehabilitación y elaboración del Libro del Edificio Existente (LEE), además del desarrollo de proyectos de rehabilitación integral de edificios, utilizados predominantemente como viviendas, finalizados antes del año 2000.
Se accederá a través de convocatorias públicas en cada una de las Comunidades Autónomas La cuantía de las ayudas dependerá del número de viviendas del edificio, podrá alcanzar hasta 3.500€ por LEE y hasta 30.000€ por proyecto de rehabilitación.
6. Sexto programa de ayudas a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes. Dirigido a viviendas de nueva construcción sobre terrenos de titularidad pública o rehabilitación de edificios públicos de otros usos.
El acceso a estas ayudas será posible a partir de enero de 2022 y se conseguirá garantizando un consumo de energía no renovable un 20% inferior a los requisitos exigidos por el Código Técnico de la Edificación.